El alzamiento debía ser simultáneo, "o con la mayorsimultaneidad posible", durante la segunda quincena de febrero.
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Una de las premisas del accionar judicial debe ser la mayorsimultaneidad entre el hecho que se juzga y la sentencia.
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Esa orden especificaba que el alzamiento se haría con la mayorsimultaneidad posible en la segunda mitad del mes de febrero y no antes.
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El alzamiento tampoco se produjo con la mayorsimultaneidad posible en las regiones comprometidas, tal como se dispusiera en la orden cursada a Juan Gualberto.