Las tierras indígenas bajo la ley brasileña, son aquellas tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos indígenas, que las habitan en forma permanente o las utilizan para sus actividades productivas, y las que son esenciales para la preservación de los recursos naturales o ambientales necesarios para su bienestar y su reproducción física y cultural, de acuerdo con sus usos, costumbres y tradiciones (párrafo 1 del artículo 231 de la Constitución Federal).
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